Las estructuras de gobernanza familiar y los MRC en las sociedades familiares: Una combinación estratégica para resolver controversias de manera ágil y colaborativa.

Jennifer P. Santos
Miembro del ICDP

Un importante estudio desarrollado por la Cámara de Comercio de Bogotá desde el 2010 arrojó que, los conflictos más recurrentes dentro de las Sociedades de Familia giran en torno a: i) la imposibilidad de llegar a acuerdos sobre decisiones del futuro económico de la empresa, ii) participación de dividendos, iii) condiciones contractuales especiales para algunos empleados, iv) desviación de recursos y v) préstamos a socios.[1] Si bien, los anteriores resultados comprendían un análisis de las dinámicas de las empresas capitalinas, razonablemente se puede inferir que, en la misma situación pueden encontrarse las sociedades familiares en el resto del país; adicionalmente, aunque la investigación data del año 2010, la práctica refleja que estos continúan siendo los conflictos permanentes en este tipo de sociedades, concretándose en desafíos como la sucesión generacional, la conciliación de intereses personales y el manejo de los conflictos con incidencia en el negocio y las relaciones familiares.

Hace más de una década en Colombia se vienen tomando medidas para el diseño de protocolos de Gobierno Corporativo como la “Guía Colombiana de Gobierno Corporativo para Sociedades Cerradas y de Familia”, con iniciativa de la Superintendencia de Sociedades, la Cámara de Comercio de Bogotá y Confecámaras[2]; sin embargo, el tejido empresarial nacional es aún joven en comparación con países desarrollados, evidenciándose que se encuentra en una fase de crecimiento trascendental para incentivar la difusión e implementación de buenas prácticas como las Estructuras de Gobernanza Familiar y los Mecanismos de Resolución de Conflictos, ya que la mayoría de empresas familiares en el país todavía se encuentran en control de la primera generación. 

Los retos de la globalización de la economía y la historia empresarial de muchas sociedades en el mundo deben servir de ejemplo para concientizar a los empresarios en Colombia sobre la necesidad de adoptar estructuras de Gobernanza Familiar como un pilar fundamental de sostenibilidad y crecimiento; estructuras dentro de las cuales se encuentran los Consejos de Familia o de administración, los Protocolos Familiares y los Planes de Sucesión. El primero de estos, visto como espacios formales para la toma de decisiones y abordar conflictos de forma estructurada; los segundos, la definición de roles, responsabilidades y reglas para tratar las dinámicas familiares y del negocio; y los terceros, aquellas estrategias para la transición de generaciones, buscando la minimización de controversias y así garantizar la continuidad del legado empresarial. Como ejemplo, podemos tomar a la compañía de alimentos italiana FERRERO, cuyo éxito se ha basado en una sólida estructura de gobernanza familiar, estableciendo normas claras de sucesión, la participación de los miembros familiares en la gestión y la incorporación de profesionales externos en roles clave. Se destaca en ella un Consejo de Administración – Board Committees- y un liderazgo profesionalizado.

En ese sentido, las estructuras de Gobernanza Familiar se erigen como herramientas para maximizar la continuidad y estabilidad empresarial a largo plazo. Es así como, la definición de límites claros entre la familia y el negocio fomenta la dirección objetiva de la empresa, basando su gestión en la toma de decisiones que mitiguen los riesgos legales y accionen los objetivos de profesionalización. Sin embargo, en Colombia aún se requiere de apoyo legislativo en la creación de normas que regulen este tipo de sociedades, las cuales constituyen una buena fuente de generación de riqueza y bienestar económico en nuestro país.[3]

De otra parte, a pesar de que se tomen todas aquellas medidas con miras a disminuir o prevenir los conflictos societarios que pudieran presentarse, una empresa jamás estará libre de desacuerdos, pero la forma en cómo se gestionan esas divergencias, puede sumar al éxito de la continuidad de las mencionadas sociedades. Por eso resulta de gran importancia la difusión de los Mecanismos de Resolución de Conflictos, como elementos que permiten resolver disputas de manera ágil, eficiente y confidencial, promoviendo acuerdos equitativos y evitando procesos judiciales largos y costosos. De igual forma, los MRC resultan esenciales a la hora de preservar las relaciones personales y familiares, a la par que buscan mantener la estabilidad del negocio.

El arreglo directo o la transacción han sido una de las alternativas que las sociedades familiares han implementado en busca de la resolución pronta de sus conflictos. Sin embargo, la práctica demuestra que estos, en su mayoría, acontecen cuando, de alguna manera, ya se han activado vías judiciales, lo que desdibuja ese elemento trascendental de prontitud. Así como en las estructuras de Gobernanza Familiar se viene recomendando la participación de agentes externos a la familia, con miras a tomar decisiones más objetivas que representen los intereses familiares; se recomienda además para estas empresas, el uso de mecanismos más efectivos para la solución de conflictos, en los que participe un tercero, como la amigable composición, la conciliación y el arbitraje regulados en normas como la Ley 1563 de 2012 y la Ley 2220 de 2022.

Entre los beneficios de los Mecanismos de Resolución de Conflictos antes mencionados, se puede destacar la rapidez, pues, comparados con los procesos judiciales, los primeros reportan tiempos más cortos en la gestión de la disputa. De igual manera, los MRC no solo pueden ser flexibles, permitiendo ser adaptados a las necesidades y las dinámicas de la familia, sino que, además, garantizan de mejor manera la confidencialidad, protegiendo la privacidad familiar y evitando la exposición pública de los conflictos. Finalmente, uno de los mayores beneficios de estos mecanismos es que maximizan la preservación de las relaciones familiares, dada la forma colaborativa en que pueden resolverse las disputas, propiciando los entornos armoniosos de participación y reduciendo el costo emocional y financiero de la familia.

La capacitación a las familias empresarias sobre el uso de Mecanismos de Resolución de Conflictos, a través de talleres informativos para explicar las funciones y beneficios de los MRC, la realización de simulaciones prácticas para que los miembros entiendan los procesos y elaboración de guías de acceso a los centros de conciliación y arbitraje autorizados por el Ministerio de Justicia, son estrategias que pueden adjuntarse al diseño de protocolos familiares con cláusulas MRC, resaltando que las normas actuales permiten la virtualización de estos trámites, lo cual influye en la pronta y eficaz resolución de las controversias y brinda comodidad y seguridad a los usuarios.   

Como conclusión, podemos afirmar que diseñar estructuras de Gobernanza Familiar e implementar protocolos familiares que incluyan los Mecanismos de Resolución de Conflictos es una inversión que no solo se enfoca en la protección del patrimonio familiar y de las relaciones familiares, sino que, además, posiciona a las sociedades para enfrentar los retos de la globalización y del futuro de la economía. Como muestra del compromiso empresarial con la estabilidad, crecimiento y sostenibilidad a largo plazo, es clave para la preservación del legado, la separación clara entre los intereses familiares y empresariales, la planificación efectiva de la sucesión generacional, así como la gestión profesional empresarial con enfoque en el uso de los MRC como medios modernos que benefician la estabilidad familiar y empresarial, reducen las tensiones internas y permiten el avance en políticas de crecimiento del negocio.


[1] El gobierno corporativo de las sociedades de familia en Bogotá, Cámara de Comercio de Bogotá, ISBN: 978-958-688-349-8. La publicación se realizó con los resultados del Informe de Prácticas Empresariales realizado por la Superintendencia de Sociedades en el año 2010.

[2] Guía Colombiana de Gobierno Corporativo para Sociedades Cerradas y de Familia. ISBN: 978-958-688-283-5 septiembre 2009. Gestores -Superintendencia de sociedades, Cámara de Comercio de Bogotá y Confecamaras.

[3] JAQUÍM GONÇALVES DO ESPIRITO SANTO “Concepto de empresa familiar”, DOI 10.18601/16923960.v22n2.03,  29 Julio 2024, Revista E-Mercatoria.


Jennifer Patricia Santos Ibarra

Abogada Especialista en Contratación Estatal y Magíster en Derecho Procesal, con estudios complementarios en Arbitraje, Secretaría de Tribunales Arbitrales, Hermenéutica Jurídica y Gerencia Estratégica. Trayectoria profesional de 12 años como consultora jurídica, litigante y funcionaria judicial, sumando una experiencia de más de 8 años como Juez Municipal y de Circuito con cocimientos en materia civil, comercial, societario, penal, familia, laboral y constitucional. Árbitro y Secretaria de Tribunales Arbitrales (inactiva en razón del cargo actual). Autora del libro – La medida provisional (cautelar) en el proceso constitucional de Tutela: Tipologías y Reglas para su procedencia, y otros artículos de investigación.

* El contenido de esta publicación es responsabilidad exclusiva de los autores y no refleja ni compromete la postura del ICDP.

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